Es el documento administrativo que ratifica que una vivienda reúne las condiciones básicas para ser habitada, sin perjuicio de que en la misma se realicen otras actividades legalmente autorizadas.
R.D. 117/2006, por el que se regulan las condiciones de habitabilidad de las viviendas y el procedimiento para la obtención de la cedula de habitabilidad.
CERTIFICADO ESTRUCTURAL:
Se trata de un informe pericial técnico, que garantiza la solidez estructural y la seguridad del edificio. Realizado tras una evaluación cuidadosa de las condiciones del edificio por parte de un experto con los conocimientos en la materia. Este documento avala tres criterios: seguridad estructural general, seguridad en caso de incendio y otras contingencias que impliquen colapso y solidez a las condiciones de uso.
CERTIFICADO ENERGÉTICO:
Consiste en evaluar energéticamente un edificación, y todo ello según R.D. 235/2013 aprobado el 5 de Abril 2013, en el que se obliga a toda vivienda o local que se ALQUILE, VENDA O PUBLIQUE después del 1 de junio del 2013, tener el certificado.
INFORME PERICIAL:
Es el documento escrito por una autoridad sobre un tema en particular en el que se revela sus indagaciones y conclusiones al respecto. Este documento es una prueba en un proceso judicial, ya que sirve a un juez comprender mejor los aspectos técnico. Contando con la opinión y el análisis de un especialista en la materia para tomar una mejor decisión.